Vivienda
Vivienda habitual y segunda oportunidad
Actualizado el 22 de octubre de 2026
La vivienda es la pregunta que más miedo da y la que peor se responde con una frase. Hace falta la nota simple, el capital pendiente y una idea seria del valor.
¿La ley salva la vivienda?
No como regla automática. En unos casos la vivienda sale a liquidación. En otros puede plantearse un plan de pagos que permita atender la hipoteca y una parte del resto. La diferencia está en los números y en los requisitos de cada vía, no en el deseo de quedarse.
Si las cargas superan el valor de mercado, el despacho pide tasación e información del acreedor privilegiado. Es un supuesto delicado y no se resume en «la casa no cuenta».
¿Qué papeles hacen falta?
Escritura, nota simple actual, certificado catastral, extracto del capital pendiente y, cuando toca, tasación. La escritura de hace quince años no dice lo que se debe hoy.
Si no tiene inmuebles, también hay documento: la certificación negativa y la nota simple que lo acredite. Decir que no se tiene nada, sin papel, no cierra el inventario.
Fuentes y normativa
Información de carácter general. No constituye asesoramiento jurídico para su caso concreto. La posibilidad de exoneración depende de la documentación y de los requisitos vigentes.