Autónomos
Segunda oportunidad para autónomos
Actualizado el 22 de octubre de 2026
El autónomo no necesita convertirse en otra cosa para que se estudie su insolvencia. Necesita separar, con papeles, qué debe por la actividad y qué debe como persona.
¿El autónomo puede pedir la exoneración?
Sí, porque es persona física. Da igual que la deuda naciera de un local, de una furgoneta o de tarjetas usadas para aguantar meses flojos. Si ya causó baja, el caso no desaparece: queda la persona y quedan los acreedores.
En la ficha se describe la actividad de los últimos tres años. Esa explicación evita que el inventario nazca cojo.
¿Qué suele complicar el expediente?
Cuotas de Seguridad Social, IVA o IRPF no ingresados, avales del negocio y bienes afectos. El crédito público se analiza con sus certificados. Un autónomo que solo trae las deudas bancarias deja fuera, a menudo, la parte que más condiciona el resultado.
Tener trabajo por cuenta ajena después de cerrar no impide el estudio. Cambia los ingresos con los que podría diseñarse un plan de pagos.
Fuentes y normativa
Información de carácter general. No constituye asesoramiento jurídico para su caso concreto. La posibilidad de exoneración depende de la documentación y de los requisitos vigentes.