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Deudas de consumo

Tarjetas revolving y microcréditos

Actualizado el 22 de octubre de 2026

Son deudas frecuentes en los expedientes y, a la vez, de las más desordenadas: el saldo cambia, el acreedor se cede y el contrato no aparece.

¿La revolving se puede incluir?

Sí se estudia como deuda ordinaria, junto con el resto. Que el interés sea discutible no sustituye al concurso, ni el concurso sustituye una reclamación de nulidad si esa vía existe y conviene. Son análisis distintos y a veces conviven.

Hace falta el contrato y un certificado de deuda actual. Si la tarjeta se ha vendido a un fondo, se pide el saldo a quien reclama hoy.

¿Y los microcréditos?

También entran en el mapa, aunque cada uno sea pequeño. Juntos explican muchas insolvencias. Se relacionan todos. Dejar fuera «los de cincuenta euros» descuadra el inventario y la buena fe.

ASNEF puede dar pistas de acreedores olvidados. No sustituye a los contratos.

Fuentes y normativa

Información de carácter general. No constituye asesoramiento jurídico para su caso concreto. La posibilidad de exoneración depende de la documentación y de los requisitos vigentes.

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